
Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales |
Vol. III, núm. I, pp. 137 - 149
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proponiéndolos como líderes de la comunidad. Sin embargo, Stoker (2011) expresa dudas sobre la
sostenibilidad de los gobiernos locales electos si su único papel es el de coordinadores de la red
comunitaria. El autor argumenta que la responsabilidad de los gobiernos locales va más allá de
proporcionar servicios; también implica dirigir a la comunidad para satisfacer todas sus necesidades.
Por lo tanto, la gobernanza comunitaria en red establece, como objetivo general, la satisfacción de las
necesidades de la comunidad en un contexto complejo de demandas dentro de un sistema de
gobernanza multinivel. Esto requiere la coordinación de redes en función de diversas relaciones entre
el gobierno en multinivel, las organizaciones locales, grupos interesados “stakeholders”
y la ciudadanía
(Stoker, 2011), que ejercen influencia en los procesos de toma de decisiones en política pública
(Rhodes, 1997); (Bovaird y Loeffler, 2016).
Finalmente, entenderemos por gobernanza, la manera en que el gobierno, junto con la
sociedad, incluido el sector productivo, colaboran en asuntos públicos, a distintos niveles de gobierno,
(municipal, estatal y federal). Las formas de colaboración serán diversas y acordes con las instituciones
que atiendan el asunto público a tratar. Además de considerar las redes jerárquicas normativas y las
sociales, que interactúan e intercambia recursos para resolver conjuntamente asuntos públicos. Proceso
en el que prevalezca el interés colectivo de la ciudadanía sobre intereses particulares, sobre todo el
interés de los que habitan el territorio en donde se aplicará la decisión tomada en consenso, donde el
gobierno tiene la responsabilidad de garantizar y facilitar la participación ciudadana de manera efectiva.
Funciones del Estado
El Estado mexicano basa su organización política en la división de poderes, la cual está
constituido por una República representativa, democrática, laica y federal, conformada por Estados
libres y soberanos, los cuales tienen como base de su división territorial y de su organización política y
administrativa al municipio libre (Constitución, 2020). Los organismos constitucionales con autonomía
derivada de la Constitución mexicana, son llamados tradicionalmente “poderes” (ejecutivo, legislativo
y judicial) que ejercen un poder institucionalizado de forma pública, pues su origen está en una ley,
también se reconoce de manera legislada y tienen capacidad de imponer criterios vinculantes a personas
o a instituciones (Pavón, 2020).
Stoker (2011) propone una tipología global basada en cuatro funciones sociales del gobierno
local, con las diferencias institucionales básicas entre los sistemas democráticos: Identidad, Desarrollo
Económico, Bienestar y la Coordinación de estilo de vida o gobernanza comunitaria. El Estado
mexicano lleva a cabo todas sus atribuciones a través de tres actividades fundamentales: las obras
públicas, los servicios públicos y las funciones públicas. Todas estas actividades tienen como objetivo
satisfacer las necesidades colectivas. En cuanto a estas últimas, se incluyen tareas ejecutivas, legislativas,
judiciales, registrales, electorales, labores, acuñación de moneda, así como la regulación de la política
económica, entre otras (Pavón, 2020).
Pavón plantea que, en la actualidad, en las sociedades y Estados occidentales, el poder público
se fundamenta en la colectividad, es decir, la soberanía, reconocida como el poder del pueblo, sin
embargo, el término 'pueblo', se refiere a un conjunto no definido de individuos con diversos intereses,
Traducido al español como “partes interesadas" o "actores clave”.