Los derechos humanos, impulsores de la construcción de paz

 

Human Rights, Boosting Peacebuilding

 

 


María Guadalupe d. J. Rivero Rodríguez https://orcid.org/0000-0002-3528-8943

Instituto Nacional de Administración Pública. Ciudad de México.México

gpe_riveror@yahoo.com.mx



Recibido: 15/12/2022 Aceptado: 02/06/2023 Publicado: 30/06/2023

Citación/como citar este artículo: Rivero, M. G. d. J. (2023). Los derechos humanos, impulsores de la construcción de paz. Latin American Journal of Humanities and Educational Divergences, 2(1), 1-15.


Resumen

El gobernar y participar como parte de la sociedad civil en el mismo, es un acto que debería ser transversal y direccionado en la funcionalidad del proceso de la efectividad, eficiencia y eficacia en los trámites y servicios que se brindan en la gestión gubernamental (interior) y la gestión pública (instituciones públicas), en pleno respeto de los Derechos Humanos en el fomento a la Construcción de Paz, a fin de fortalecer la democracia, el buen gobierno y la gobernanza pública, a través del diseño, elaboración, implementación y seguimiento de las políticas públicas (con la participación activa de la sociedad civil), en la generación de las condiciones del gobierno y el impacto positivo en el bienestar integral de las personas.


Palabras claves: construcción de paz; derechos humanos; gobernanza pública; paz.


Abstract

Governing and participating as part of civil society in it, is an act that should be transversal and directed in the functionality of the process of effectiveness, efficiency and effectiveness in the procedures and services that are provided in government management (interior) and public management (public institutions), in full respect of Human Rights in the promotion of Peacebuilding, in order to strengthen democracy, good governance and public governance, through the design, development, implementation and monitoring of public policies (with the active participation of civil society), in the generation of government conditions and the positive impact on the integral well-being of people.


Keywords: peacebuilding; human rights; public governance; peace.



Introducción

Ante la globalización y el ritmo de vida que la modernidad exige, es probable que el alcance que conlleva la sola mención de los “Derechos Humanos”, la “Construcción de Paz”, la “Paz”, sean entendidos de diversas formas, según sea el contexto en el que se exponga o el entorno en el que se desarrolla cada una de las personas.

La pretensión del siguiente documento es conectar la obligación del Estado en la gestión, trámites y servicios como quehacer gubernamental y la interconexión que esto tiene con la “Construcción de paz” y el respeto de los “Derechos Humanos”, para ello, es necesario empezar con la conceptualización de los “Derechos Humanos” y su diferenciación con los “Derechos Fundamentales”, los “Principios Constitucionales” y la “Paz”.



Derechos Humanos

Son numerosas las investigaciones que existen con respecto a los “Derechos Humanos”, mismos que podemos definir como: “Los derechos inherentes a todos los seres humanos sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición” (Organización de las Naciones Unidas [ONU], 2012).



Paz

La “Irenología”, nos permite conocer la diversidad de conceptos y propuestas que se tienen1.

La Paz (Real Academia Española [RAE], s.f.-a), es definida como un sentimiento subjetivo y colectivo de confianza en la normalidad de la convivencia en el espacio público.

Para el caso de México, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), contempla la “Paz Públicos”, la “Paz Social” y la “Cultura de Paz” (Cámara de Diputados, 2023).

En términos de “Paz Públicos”, se cuenta con la investigación de Barranzuela (2022) que la conceptualiza como la perpetua fuente de paz democrática, la opción para actuar pacíficamente o la expectativa del orden, la tranquilidad y la seguridad de cada miembro de la comunidad.

La “Paz Públicos”, refiero, es todo aquel proceso que implementa y realiza el Estado para salvaguardar la integridad de todo ser vivo que habita en el territorio de su jurisdicción, para preservar la armonía, el orden, el desarrollo y la sana convivencia al amparo del marco jurídico vigente, en el que los principios y valores que le rigen son universales.

En torno a la “Paz Social”, Banda (2014, como se cita en Torres, 2019) afirma que es el camino exigente hacia una humanidad más justa, fraterna con la presencia del perdón y la reconciliación, con las actitudes necesarias para romper la cadena de causalidades de permanente violencia en la que no se quiere continuar.

1 Irenología, campo transdisciplinario y por consiguiente en la aparición del concepto de causalidad compleja para una sociología de la violencia, investigación sobre la paz.

Banda (2002) argumenta que es la aspiración humana de vivir la propia vida y la de las comunidades de pertenencia en una atmosfera de tranquilidad y bienestar razonable que permitan el libre desarrollo de las capacidades de las personas.

La “Paz Social”, refiero que es el resultado del trabajo colectivo realizado por las personas que sostienen una misma visión de la armonía y la convivencia, en la consciencia que, al generar entornos pacíficos, la economía desde lo local propicia el desarrollo sostenible y sustentable, en espacios donde las normas procuran justicia antes de legalidad y en el que los valores y los principios les conectan con una vida fraternal y de bienestar integral.

A pesar de las diversas conceptualizaciones ya enunciadas, es necesario el resaltar que la “Paz Positiva”, es una de las primeras propuestas de Galtung y Höivik (1971), pionero en investigaciones de “Paz”, al afirmar que la armonía, la equidad y el trauma constituyen los ejes centrales para la paz y que, ante la amenaza de la violencia, se requiere el comportamiento con actitud positiva ante los hechos del pasado y el presente, además de que señala que la violencia es generada por la estructura del gobierno.

Ramos (2021) la refiere como la ausencia de la violencia directa que son acciones destructivas, la violencia estructural que es derivada del sistema sin atender las necesidades, la violencia cultural que fomenta su reproducción de las anteriores violencias y en las que la dimensión de la paz directa que es la ausencia de violencia y la presencia de mecanismos de regulación de los conflictos, la paz estructural como la justicia social, económica y política y la paz cultural que impulsa la paz.



Construcción de Paz

Para poder adentrarnos en la conceptualización de la “Construcción de Paz”, para las Naciones Unidas, es necesario enfatizar que los derechos fundamentales son derechos inherentes a la persona -dignidad, libre desarrollo de la personalidad-, gozan del máximo nivel de protección y son básicos e inalienables2, además de los derechos y obligaciones del Estado3.

Para las Naciones Unidas, es a través del impulso de proyectos que vinculan al Estado y la sociedad civil, la mejora continua en las gestiones y los servicios públicos básicos como el agua, la electricidad, la educación y la cultura, el fomento permanente a la paz para evitar la rotura de condiciones pacíficas en el tejido social y el gobierno. Algunas de las acciones que proponen son el desarme nuclear, el impulso al empleo, garantizar los servicios sanitarios, la educación, la seguridad y el desarrollo económico, con ello se propicia políticas públicas-gobernanza pública-, entornos de convivencia pública segura, la tolerancia, la comunicación asertiva, el respeto de los derechos humanos, el consenso y la prevención, además de un diálogo incluyente4.

 

2 Los Derechos Fundamentales, para el caso de México, se encuentran señalados en la CPEUM en el artículo 1: Todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección. El ejercicio de estos derechos no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece (…) Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos (…) Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas (Cámara de Diputados, 2023).

3 Entre las obligaciones y derechos del Estado se considerar el promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. El prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos. El garantizar el derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad (Cámara de Diputados, 2023).

 

Las Naciones Unidas, ha publicado diversos acuerdos, documentos y resoluciones a favor de la construcción de paz, entre otros -Agenda para la paz (1992), ODM, Pacto Global, Informe del Grupo sobre las Operaciones de Paz (2000), Informe un concepto más amplio de la libertad (2005), Boutros Boutros-Ghali (1992). Una agenda para la paz. Diplomacia preventiva, pacificación y mantenimiento de la paz. Informe del Secretario General, conforme a la declaración adoptada por la Reunión Cumbre del Consejo de Seguridad del 31 de enero de 1992. Recuperado de: An agenda for peace: El Consejo de Seguridad de la ONU, aprobó en el año 2000, la Resolución 1325 sobre la “Mujeres, Agenda de Paz y Seguridad (MPS)”, como un reconocimiento a las mujeres en el papel importante que realizan en el proceso de la paz y los efectos de la violencia que padecen durante los conflictos.

Con estas resoluciones, insta a los Estados a garantizar una mayor representación de la mujer en todos los niveles de toma de decisión a nivel nacional, regional y en las instituciones internacionales, así como en los mecanismos para la prevención, la gestión y la resolución de conflictos.

Para la participación de los jóvenes en la prevención de la violencia, la consolidación y la construcción de paz, el Consejo de Seguridad de la ONU (2015), adoptó por unanimidad la Resolución 2250 sobre “Juventud, Paz y Seguridad”.

De entre los pocos estudios realizados por investigadores -académicos-, respecto a la “Construcción de Paz”, la propuesta de Aguayo et al. (2021) la compara como islotes que deben ser reforzados donde estén endebles y conectarlos entre sí, situación que se logra al construir relaciones basadas en el respeto a los derechos humanos, la resolución pacífica de conflictos y la procuración de justicia, afirma que solo así la construcción de paz puede ser un proyecto de amplio espectro.

Señal que la “Construcción de Paz”, es el conjunto de acciones que realizan los tres órdenes de gobierno y la sociedad civil, para producir espacios pacificadores a través del diálogo y la mediación. Cuando se presentan los desacuerdos o conflictos, es a partir del proceso del trabajo desde lo cotidiano donde se fomenta la construcción de paz para su réplica y respectivo mantenimiento. Lo justo no siempre es lo legal y por eso nuestro ordenamiento jurídico no se basa en el principio de legalidad sino en el principio de constitucionalidad supeditado en el artículo 33 de la CPEUM (Cámara de Diputados, 2023) al Bloque de constitucionalidad.

El principio de legalidad es importante, pero lo es más la supremacía de la Constitución donde se promulga la defensa de la paz como derecho fundamental.


4 Boutros-Ghali (1992), propone el término de construcción de paz, como una acción conectada al mantenimiento de la paz y las operaciones de paz que son establecidas en el “Programa de Paz”.

 


Gobernanza Pública

Gobernanza, que, en términos epistemológicos, proviene del latín “gubernare”, que refiere las acciones que realizan los gobernantes y en términos de bases teóricas, el consenso entre las diferentes conceptualizaciones que las organizaciones multilaterales efectúan sobre la Gobernanza Pública señala que esta se puede entender como el proceso mediante el cual las instituciones públicas manejan los asuntos públicos y gestionan los recursos para el fomento del mantenimiento y la construcción de paz, el respeto a los derechos humanos, la garantía de la transparencia, la rendición de cuentas y la ética, con el fin de procurar la seguridad, la justicia y prevenir los conflictos para consolidar el Estado de derecho (Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores [OLACEFS], 2015).

El gobernar y el participar es un acto que debería ser transversal y direccionado a la funcionalidad del proceso de la efectividad, eficiencia y eficacia de los trámites y servicios que se brindan en la gestión gubernamental (interior) y la gestión pública (organizaciones).

La gobernanza pública está estrechamente vinculada al ejercicio de poder y los procesos en la toma de decisiones (OLACEFS, 2015), así como en la provisión de bienes y servicios públicos (Banco Mundial, 2009). Incluye actores del Estado -Administración pública, nivel local y central, legislatura, judicatura y los servidores públicos de la SP-, así como fuera del Estado -Organizaciones no gubernamentales y religiosas, estructuras tradicionales, grupos basados en la comunidad y el sector privado- (ONU, 2011).

En este sentido el Fondo Monetario Internacional (FMI, 2016), declara que la gobernanza pública tiene impacto directo en la economía y al no ser eficiente en los procesos de gestión y servicios que proporciona el gobierno, la corrupción aumenta y esto afecta a las finanzas del país, agrava las desigualdades sociales y dificulta el funcionamiento del Estado.

Para Pérez (2019), la Gobernanza pública es el conjunto de sistemas de gestión que se ocupan para dar resultados con calidad, en el que la administración pública no solo es una actividad del Estado, sino además de la sociedad.

Parra (2018), refiere que es la capacidad mostrada para la solución de problemas mediante la coordinación, la cooperación horizontal y la negociación a fin de propiciar redes públicas y privadas, para la migración de ideas apoyadas en la tecnología de la comunicación, la autorregulación social y la asignación de los recursos humanos y financieros.



Método

La investigación es de carácter interdisciplinar, descriptiva5, empírica6 y explicativa7 ya que se realiza una búsqueda y revisión documental que es analizada con el enfoque de los derechos humanos a fin de identificar en los procesos administrativos las situaciones que propician la ausencia de paz, mostrados a través de la percepción -indicadores cualitativos- de las personas en materia de violación a los derechos humanos y los actos que no garantizan los derechos humanos -indicadores cuantitativos-, además de aportar información que permita el brindar una explicación del por qué existe esta correlación.

El método de los factores ponderados, realiza un análisis cuantitativo en el que se comparan entre sí las diferentes alternativas para conseguir determinar una o varias localizaciones válidas. El objetivo del estudio no es buscar una localización óptima sino una o varias localizaciones aceptables. En cualquier caso, otros factores más subjetivos, como pueden ser las propias preferencias de la empresa a instalar determinarán la localización definitiva. Para el caso del presente, se ocupa como técnica de recolección de datos el análisis documental de estudios, índices y encuestas existentes, para recopilar datos y su posterior estudio.

La revisión sistemática que se realiza a la literatura en términos de conceptos de “Paz”, “Construcción de Paz”, “Derechos Humanos” y “Gobernanza Pública”, son para tener presente el enfoque en el análisis y revisión que se realiza a diversos estudios y encuestas que existen en México con indicadores de eficiencia y eficacia gubernamental, reflejo de la problemática social que se tiene por la falta de procuración de justicia y la nula garantía de los “Derechos Humanos”, en el entendido que el promover y fomentarlos no es garantizarlos.

De entre los estudios que se han revisado para el impacto de la gestión gubernamental es el Estado de la Gobernanza Mundial, los Indicadores de Gobernanza Sostenible, The Global Peace Index 2020, Calidad e Impacto Gubernamental (ENCIG).


5 Tamayo y Tamayo (2003), refiere “la descripción, registro, análisis e interpretación de la naturaleza actual y la composición o procesos de los fenómenos” (p. 46), trabaja sobre realidades de hecho. Bernal (2010), refiere la investigación descriptiva, “muestran, narran, reseñan o identifican hechos, situaciones, rasgos y características de un objeto de estudio (…), se guía por las preguntas de investigación (…), se soporta principalmente en técnicas como la encuesta, la entrevista, la observación y la revisión documental (…)” (p. 113), resultado de ello, se diseñan productos, modelos prototipos o guías. Abascal y Grande (2005), para hacer un estudio descriptivo se utilizaron medidas estadísticas -tendencia central, posición, dispersión- y, para los valores se distribuyen en clases - frecuencia, porcentaje-.

6 Arias (2019), afirma que la investigación empírica, es aquella indagación basada en los hechos que son percibidos mediante la experiencia sensorial, lo captado a través de los sentidos. Puede ser experimental, realizada en condiciones de laboratorio, o de campo en ambientes naturales no controlados y libres de manipulación de variables (…) En función del enfoque adoptado, se clasifica en cuantitativa -paradigma positivista- y cualitativa -paradigma interpretativo- (p. 3).

7 La mayoría de las investigaciones explicativas son experimentales ya que ciertos estudios no experimentales, pueden aportar evidencia para explicar por qué ocurre un fenómeno, proporcionando así un cierto sentido de causalidad (Hernández et al., 1991, como se cita en Cazau, 2006). Asimismo, para Cazau (2006) la investigación explicativa, pretende encontrar una explicación del fenómeno en cuestión, para lo cual busca establecer, de manera confiable, la naturaleza de la relación entre uno o más efectos o variables dependientes y una o más causas o variables independientes. (…) Va más allá de la simple descripción de la relación entre conceptos, estando dirigido a indagar las causas de los fenómenos, es decir, intentan explicar por qué ocurren, o, si se quiere, por qué dos o más variables están relacionadas (p. 17).


Discusiones

A pesar de conocer la conceptualización de “Paz Social”, “Paz Públicos” y “Paz Positiva”, no es suficiente para lograr la “Construcción de paz”, misma que cuenta con pocas investigaciones y por ello se debe continuar investigando para lograr sensibilizar a favor de la misma.

Es menester señalar que de los tipos de paz estudiadas contemplan diversos elementos como la guerra, el conflicto, la violencia, entre otras. Son investigaciones que afirman que la violencia es generada por la estructura del gobierno, situación que puede ser entendida como la ausencia de “Políticas Públicas”, la no presencia de la “Gobernanza Pública” y la no respuesta a la atención de las causales de los problemas de la sociedad civil.

El “Deber y tener presente”, -debería ser innecesario-, en el proceso del diseño de políticas, programas -sectoriales, especiales-, y estrategias emanadas del Plan Nacional de Desarrollo -caso México-.

Políticas públicas, son el resultado de la “Gobernanza Pública”, enmarcadas en el respeto a los principios democráticos8, la relación con la paz social por ser “el resultado del trabajo colectivo realizado por personas que sostienen una misma visión de la armonía y la convivencia en la consciencia que al generar entornos pacíficos, la economía desde lo local propicia el desarrollo sostenible y sustentable, en espacios donde las normas procuran justicia y en el que los valores y los principios les conectan con una vida fraternal y de bienestar integral”, así como la vinculación que todo esto implica como un derecho a toda persona a vivir en entornos de paz -evitar escenarios de opresión y fragmentación en la seguridad, en el bienestar, en el desarrollo en la asistencia humanitaria-.

La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO, 2011), señala como un derecho:

[La] ausencia de conflictos armados, internos o internacionales, (…) el derecho a ser educado en y para la paz; a la seguridad humana y a vivir en un entorno seguro y sano; el derecho al desarrollo y a un medio ambiente sostenible; el derecho a la desobediencia civil y a la objeción de conciencia frente a actividades que supongan amenazas contra la paz; el derecho a la resistencia contra la opresión de los regímenes que violan los derechos humanos; el derecho a exigir a todos los Estados un desarme general y completo; las libertades de pensamiento, opinión, expresión, conciencia y religión; el derecho al refugio; el derecho a emigrar y participar en los asuntos públicos del Estado en que se resida; y el derecho a la justicia, a la verdad y a la reparación efectiva que asiste a las víctimas de violaciones de los derechos humanos.

De tal manera que las políticas públicas, deben ser razonadas desde la estructura formal como lo señala Mayntz (2022) al tratarlas como macro acontecimientos a través de los micro procesos, que son las interacciones individuales dentro del proceso colectivo de la organización, como lo es la dirección, la planificación y la estrategia de la institución. Además de que deben ser las atribuciones y las funciones del Estado, el medio para educar, como lo argumenta Martínez (2021).


8 Principios democráticos -contemplados en la CPEUM-: México es un Estado de tipo Federal. La forma de gobierno es una república, representativa, democrática y presidencialista. La división de funciones entre los órganos de poder -ejecutivo, legislativo, judicial-. La soberanía reside en el pueblo. Los municipios son libres en su régimen interno. Los derechos humanos son para todos los individuos

- reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales-. Se garantiza la libertad de creencias religiosas. La educación es laica. La separación se da entre las instituciones religiosas y el Estado. Los partidos políticos son reconocidos como entidades de interés público. El Estado tiene la responsabilidad de dirigir el desarrollo nacional para garantizar que este sea integral y sustentable.


Al tener en consideración que es el Estado quien tiene la capacidad de ejecutar las funciones conferidas con eficiencia -menores costos de transacción-, eficacia distributiva en lo cultural, económico, político y social para asegurar la estabilidad y la gobernabilidad, como lo señala (Bayón, 2018).

Con base en ello, afirmo que la gestión organizacional requiere el proceso administrativo en el diseño de las funciones y atribuciones de la estructura de la organización, siendo la coordinación institucional vital para la eficiencia, eficacia, la gestión y los servicios públicos que brinda el gobierno.

Para el caso de los Estados Unidos Mexicanos (México), tomo como referente la CPEUM, -Carta Magna-, en la que se contempla en el artículo 29 la “Paz Pública” (y no paz públicos), en el artículo 21 la “Paz Social”, en el artículo 3 la “Cultura de Paz”, en el artículo

89 la “Lucha por la Paz” y que en ningún artículo constitucional se menciona la “Construcción de Paz” (Cámara de Diputados, 2023).

Es entonces obligado cuestionar, exponer, exhibir, reflexionar sobre la estrategia vigente “Construcción de Paz”, del gobierno en turno (2018-2024), misma que todo indica no cuenta con el sustento en el sistema jurídico mexicano.

Con el enfoque de paz, del estudio y análisis realizado a la CPEUM, no se encuentran elementos que permitan afirmar que se impulsa el diseño de procesos administrativos -ordenamientos-, que dan cumplimiento al Plan Nacional de Desarrollo (PND), por lo que se propicia la libertad a la voluntad política, para el desarrollo de esquemas, instrumentos, mecanismos de corresponsabilidad, coordinación y cooperación público-privado, sin atender conceptualizaciones como las que se han expuesto a lo largo del documento.

Los procesos permiten afianzar los trabajos de manera sostenible en la línea del tiempo para el bienestar integral de la sociedad civil y trabajar a favor de la “Construcción de Paz”, de manera coordinada con la sociedad civil, con el gobierno, con el tercer sector, asociaciones civiles, es un acto de “Gobernanza Pública” y con ello, se puede lograr que el entendimiento sea claro sobre la conceptualización de la paz, e incluso coordinación entre las dependencias del gobierno, teniendo como impacto el beneficio directo a favor de la sociedad civil.

De las diversas reformas que se han realizado a la CPEUM, destaco la del año 2011 al artículo constitucional que reconoce la interdependencia, indivisibilidad, la progresividad y la universalidad de los derechos humanos en los programas de gobierno, sin embargo, la reforma no garantiza el respeto a los mismos.

Durante los años del 2018 al 2021, las reformas realizadas han tenido el enfoque a la austeridad, la supresión de unidades administrativas, la desintegración de instituciones públicas para después convertirlas en direcciones de área, la desaparición de fideicomisos y fondos gubernamentales, lo que ha propiciado ventaja en los contratos públicos (sin licitaciones públicas), revocando actos administrativos, generando opacidad y falta de transparencia, afectando la “confianza administrativa” -confiar que el gobierno no violará derechos y no causará daños-, tendencia del estatismo que exalta el poder y la preeminencia del Estado sobre las demás entidades sociales.

Reflejo del no entendimiento de la técnica, los instrumentos administrativos, la eficiencia, la eficacia, la gestión, la gobernanza pública.


Las reformas a la CPEUM, pretenden mejorar la eficiencia y la agilidad de los trámites, servicios y gestiones que se realizan desde la administración pública, el construir y consolidar organizaciones públicas con mayor especialización, combatir los abusos y la discrecionalidad en la gestión pública -organismos desconcentrados, descentralizados o con plena autonomía, por tan solo citar algunos: Banco de México, Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información, Instituto Nacional Electoral-, sin embargo, analizando el estudio del “Estado de Gobernanza Mundial”, evalúa a México con un puntaje menor al 2.5 lo que refiere que se cuenta con una gobernanza débil, resultado de la tenue apertura que tiene la sociedad civil para participar con el gobierno, la falta de libertad de expresión, asociación y de prensa, además de la inestabilidad política, la endeble calidad de los servicios y gestiones públicas, así como la ausencia del compromiso del gobierno en la regulación y el desarrollo económico, la falta de garantía en el cumplimiento de los contratos y los derechos de propiedad (Banco Mundial, 2022).

Para el caso de la gobernanza sostenible se requiere de la democracia con calidad, como el conjunto de libertades civiles para las decisiones electorales, con responsabilidad, compromiso al respeto a la soberanía y el derecho político, en este sentido, México para el estudio correspondiente al año 2021, obtiene una puntuación de 5.74 en el indicador del buen gobierno y de 4.65 en el correspondiente a la democracia robusta (el óptimo es una calificación de 10), evaluación obtenida por la falta de garantía al respeto de los derechos humanos, la mala calidad en la democracia y la gobernanza pública, así como un deficiente conocimiento para la generación de políticas y con ello un severo problema estructural que conlleva un impacto negativo a la situación social que tiene el país (Sustainable Governance Indicators [SGI], 2022).

En términos de ausencia de paz, el estudio The Global Peace Index 2020, señala que, para considerar un país pacífico, se requiere contar con procesos administrativos enfocados al buen gobierno, donde la transparencia sea del libre flujo con información y rendición de cuentas en el uso de los recursos públicos, entre otros indicadores que son evaluados y que México ocupa el lugar 137 de entre 163 países evaluados (siendo el número 1 de la lista considerado como un país con paz). Nada más cercano a la percepción que tiene la población encuestada en la Encuesta de Calidad e Impacto Gubernamental (ENCIG), personas que han sido víctimas de la corrupción en los diferentes procesos, trámites, gestiones y servicios que brinda el Estado y en la que se reporta que el costo por persona afectada corresponde aproximadamente a treinta y siete salarios mínimos vigentes y que los actos de corrupción por cada 100,000 habitantes han aumentado en un 30.23 por ciento entre los años del 2013 al 2019, incluso, los trámites con mayor retroceso son los correspondientes a los pasaportes, apertura de empresas, juzgados, tribunales, ministerio público y los servicios municipales (Instituto Nacional de Estadística y Geografía [INEGI], 2020).

Es correcto el referir que las “encuestas”, son percepciones, suposiciones o juicios de valor, sin embargo, es una realidad que las obligaciones que le corresponden al Estado, no están siendo evaluadas a nivel nacional e internacional de manera positiva y que, en el rubro de los Derechos Humanos, cuenta con evaluaciones pobres y observaciones que deben ser atendidas para garantizarlos como una práctica profesional y como procuración de la justicia y la buena administración.

Por lo tanto, los trámites y servicios del Estado deben estar diseñados y ejecutados de tal manera que promuevan la paz y no solo respeten, sino además garanticen los “Derechos Humanos”, implica que deben ser accesibles para todos, sin discriminación alguna y responder a las necesidades de las personas.

Revisar y analizar las reformas constitucionales a fin de que no violenten los principios de la Carta Magna -Indivisibilidad, Interdependencia, Progresividad y Universalidad-9. No confundir que el sistema normativo en el país, aplica el Nihilismo10, desvalorizando los valores, al no ser enunciados.

Considerando que la importancia del respeto a los principios es porque son la norma que rige el pensamiento y la conducta, al hablar de “Derechos Humanos”, obligadamente es considerar el principio “Pro Persona” que es la forma más amplia y favorable para las personas.

La interrelación entre los seres humanos y el entorno en el que se desarrolla, genera percepciones y con base en su experiencia o su conocimiento, la eficacia o ineficacia de los servicios recibidos, los trámites y gestiones realizadas en el gobierno, propician privación o ausencia de las necesidades básicas de las personas y con ello se impacta en los niveles de satisfacción o insatisfacción, los estados de ánimo, la conducta, la disciplina, el orden e incluso la presencia de factores de riesgo. Es por ello que es necesario el reproducir el conocimiento técnico para asegurar los resultados positivos, dar solución de impacto, a través de la mejora de los procesos y la coordinación entre las instituciones públicas.

La naturaleza de los procesos dinámicos, propician la cooperación y la coordinación, la planeación, la organización, la dirección, el seguimiento y la evaluación Gracias a los procesos bien diseñados, las instituciones públicas pueden lograr ser eficientes y eficaces, impactando en el fomento a la construcción de paz, el Estado de derecho, el trabajar con ética, transparencia, rendición de cuentas, propiciando una buena gobernabilidad, garantizando la seguridad y procurando la justicia, consolidando la gobernanza pública.



Conclusiones

De entre las conclusiones a las que se ha llegado, sin el deseo de ser pretenciosa y si significativa, expongo que se requiere fortalecer la vinculación del Estado con la sociedad civil, a fin de propiciar sociedades justas, pacíficas e incluyentes, a través del impulso a la educación y formación en el manejo de crisis y el respeto de los “Derechos Humanos”, además de exigir la procuración de justicia.

Para poder forjar la construcción de paz, se requiere el reforzar los procesos administrativos en el gobierno a fin de fortalecer el estado de derecho y se requieren mecanismos e instrumentos que propicien la sistematización de los procesos internos, impulse un cambio generacional a través de la capacidad operativa, con convicción social y que su instrumentación sea el éxito del enfoque a la operación eficiente y realista, soportado por una metodología científica y que ante las tareas constantes se puedan evaluar en su evolución con la responsabilidad de los funcionarios públicos.

Consolidar la gobernanza pública a fin de dar cabal cumplimiento de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y el Objetivo de Desarrollo Sostenible 16: Paz Justicia e Instituciones Sólidas a través de reforzar la profesionalización en los servidores públicos - función pública-, con base en su estabilidad de empleo y la protección como una condición necesaria para lograr la institucionalidad y con base en la administración pública, ser la garante de la posesión mínima de una serie de atributos como el mérito de los servidores públicos, su capacidad, su vocación de servicio, el entendimiento sobre la eficacia y la eficiencia en el desempeño de sus funciones, la responsabilidad, la honestidad y la adhesión a los principios y valores de la democracia, el buen funcionamiento de los servicios, las gestiones, los trámites que proporcionan a la sociedad civil, la necesidad de políticas públicas y no gubernamentales que garanticen el desarrollo al máximo del capital más valioso que tienen las instituciones públicas que es el capital humano.

Es así que ante las interrogantes: ¿Realmente los derechos humanos, pueden ser considerados como impulsores de la construcción de paz? ¿Se tiene el conocimiento sobre qué son los derechos humanos y la conceptualización sobre la construcción de paz? La respuesta contundente es promover y garantizar los “Derechos Humanos”, sensibilizar sobre el impacto de generar acciones a favor de la “Construcción de Paz”, para lograr que la sociedad civil viva en un país pacífico, con la participación de los empleados, el involucramiento ciudadano, el empoderamiento y la consulta ciudadana.

Para poder expresarnos a favor de la “Construcción de Paz” y su vínculo con los “Derechos Humanos”; debemos entender que la prevención y resolución del conflicto, la garantía de los derechos humanos, la justicia individual y la justicia social, la seguridad jurídica a favor de las personas, el fortalecimiento del Estado de derecho, el trabajar en la administración pública con ética, rendición de cuentas, transparencia, el impulso a la gobernanza pública y el fortalecimiento de la gobernabilidad, no son actos aislados al compromiso y responsabilidad, la honorabilidad, los valores y principios que cada una de las personas de la sociedad civil deberían, ejercer desde su actuar cotidiano.

Considerar los “Derechos Humanos”, en la “Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, no solo es una viabilidad, sino una constante necesidad, direccionar las acciones a favor del cumplimiento de las metas de los “Objetivos de Desarrollo Sostenible”, es un mecanismo que sirve de guía para el diseño de políticas.

Los “Derechos Humanos”, pueden ser considerados como impulsores de la construcción de paz, puesto que entre todos los fines que tienen los derechos, destaco que su impacto es la transformación económica inclusiva, las alianzas, el Estado de derecho, el desarrollo sostenible, la universalidad, los valores -armonía, la seguridad, la verdad y la justicia-, la salud, la igualdad de género, la gobernanza, la producción de alimentos y mucho más, lograr y propiciar una vida digna para todos los seres humanos.

Para poder expresarnos a favor de la “Construcción de Paz” y su vínculo con los “Derechos Humanos”; debemos entender que la prevención y resolución del conflicto, la garantía de los derechos humanos, la justicia individual y la justicia social, la seguridad jurídica a favor de las personas, el fortalecimiento del Estado de derecho, el trabajar en la administración pública con ética, rendición de cuentas, transparencia, el impulso a la gobernanza pública y el fortalecimiento de la gobernabilidad, no son actos aislados al compromiso y responsabilidad, la honorabilidad, los valores y principios que cada una de las personas de la sociedad civil -deberían-, ejercer desde su actuar cotidiano.

Es urgente la vinculación del Estado con la sociedad civil, para propiciar sociedades justas, pacíficas e incluyentes, que pueden manejar las crisis con respeto a los derechos humanos, la resolución pacífica de los conflictos y la procuración de la justicia teniendo como resultado la paz de amplio espectro, a fin de prevenir la violencia, reforzar los procesos para la justicia, fortalecer el estado de derecho, realizar acciones sociales para lograr la construcción y la estabilidad de la paz se requieren mecanismos e instrumentos que propicien una nueva sistematización de los procesos internos, impulse un cambio generacional a través de la capacidad operativa, con convicción social y que su instrumentación sea el éxito del enfoque a la operación eficiente y realista, soportado por una metodología científica y que ante las tareas constantes se puedan evaluar en su evolución con la responsabilidad de los funcionarios públicos.

De poco sirve revisar las atribuciones y objetivos en las estructuras de la administración pública, de las instituciones públicas, si no se logra el rediseño para una mejora de los procesos a favor de la consolidación de la gobernanza pública y con la participación del gobierno y la sociedad civil, se logre dar cabal cumplimiento de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y el Objetivo de Desarrollo Sostenible 16: Paz Justicia e Instituciones Sólidas.

Los servidores públicos requieren de la profesionalización de la función pública, sobre la base de una estabilidad de empleo y su protección como una condición necesaria. Es desde la administración pública que “debería”, ser la garante de la posesión mínima de una serie de atributos como el mérito de los servidores públicos, su capacidad, su vocación de servicio, el entendimiento sobre la eficacia y la eficiencia en el desempeño de sus funciones, la responsabilidad, la honestidad y la adhesión a los principios y valores de la democracia, el buen funcionamiento de los servicios, las gestiones, los trámites que proporcionan a la sociedad civil, la necesidad de políticas públicas y no gubernamentales que garanticen el desarrollo al máximo del capital más valioso que tienen las instituciones públicas que es el capital humano.

Se requiere sensibilizar sobre el impacto de generar acciones a favor de la “Construcción de Paz”, para lograr que la sociedad civil viva en un país pacífico, con la participación de los empleados, el involucramiento ciudadano, el empoderamiento y la consulta ciudadana.

 

9 Estas reformas han propiciado la creciente militarización de la Administración Pública, la prisión preventiva oficiosa y la amnistía lo que implica mayor riesgo y no resuelve las causales que generan los problemas, además de que las Naciones Unidas se han pronunciado en contra de la amnistía. Los resultados en términos generales de todos estos estudios son un retroceso para el país, entre las causales, la falta de coordinación en la gestión pública en los sistemas y en los procesos administrativos en las instituciones públicas. El Estado no cuenta con el control sobre la corrupción, la violencia, la opacidad, la impunidad, la inseguridad, la injusticia, el desorden social, los conflictos, la desarmonía, la delincuencia organizada, el abuso de poder de los servidores públicos, el no cumplimiento de los contratos, la no garantía de los derechos fundamentales, la ausencia del orden social y la seguridad pública. Se cuenta con un gobierno sin rendición de cuentas, transparencia y el desconocimiento de las directrices del buen gobierno.

10 Nihilismo. 1. m. Negación de todo principio religioso, político y social. 2. m. Fil. Negación de un fundamento objetivo en el conocimiento y en la moral (RAE s.f.-b).



Contribución de autoría

María Guadalupe d. J. Rivero Rodríguez fue la única autora.

Fuente de financiamiento

Autofinanciado.

Potenciales conflictos de interés

Ninguno.

 

 


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